lucLa N° 19.889, más conocida como Ley de Urgente Consideración o LUC (por su sigla en español) es una ordenanza que está en el tapete por estos días, al acercarse un referéndum que podría dejar sin efecto 135 de los 476 artículos que la componen. Defensores y opositores a esos artículos no han dejado ni una coma de tamaña ley sin apoyar o criticar, sin embargo (a pocos días de que el cuerpo electoral sea convocado a las urnas) hemos sido capaces de encontrar quince cosas de la LUC (y de la convocatoria al cuerpo electoral) que seguramente usted aún desconocía.

1) La presentación de LUC, por parte del Poder Ejecutivo, se demoró dos semanas más de lo previsto. ¿El motivo? En el texto aparecían 477 artículos (uno más de los que realmente eran). El tema que provocó la demora fue solucionado, cuando encontraron que un gracioso había agregado un artículo (el 403, para los quinieleros) que decía "Puto el que Lee".

2) Aunque en las redes sociales abunda información en ese sentido, Darth Vader no es su padre.

3) Como todos sabrán, el artículo 366 de la LUC habilita a las carnicerías de corte en todo el territorio nacional a la elaboración de productos embutidos con carne fresca (chorizo carnicero artesanal). Pero seguramente desconozcan que la ACHU (Asociación de CHoriceros del Uruguay, por su sigla en español) no pudo presentarse a comisión parlamentaria que trataba la ley porque se perdieron en el Palacio Legislativo y cuando encontraron la sala ya se les había pasado los 10 minutos de atención que les correspondía.

4) Según la interpretación de varios jurisconsultos consultados en consulta, la nueva redacción de la LUC sobre la legítima defensa (Artículo 1) habilita que te pegues un tiro si sos un desastre para vos mismo, tu familia y tus propiedades, sin mediar sanción alguna y siempre que tengas una razonable proximidad con la vivienda.

5) El llamado a referéndum sobre la LUC ya se ha cobrado sus primeras víctimas. Decenas de personas, que están a favor y en contra de los 135 artículos de la ley, han caído en una suerte de surmenage o esguince mental cuando intentaron defenderla o cuestionarla diciendo “SÍ a la LUC” o “NO a la LUC”.

6) ¿Sabían que en la LUC hay un artículo que dice: “Declárase obligatorio, para todos los comercios en el ramo de carnicerías, el cierre en los días domingo, prohibiéndoseles a la vez en esos días, toda clase de actividades comerciales”? Seguramente no lo sabían porque no lo hay. Pero lo que sí hay es una ley (la N° 10.057, de 1941), que aún está vigente, cuyo artículo 1 dice exactamente lo que aparece entrecomillado. Si se lo llegan a preguntar en Quién Quiere Ser Millonario, ya saben a quién agradecerle.

7) Los artículos de la LUC vinculados a la promoción de la pornografía, en el marco de la educación sexual, han sido los más cuestionados por... ¡Vuelvan degenerados!, ¡vuelvan! ¡Cierren la página del IMPO que tampoco hay nada de eso en la LUC!

8) El artículo 7 de la ley Nº 18.437 decía “Es obligatoria la educación inicial para los niños y niñas de cuatro y cinco años de edad, la educación primaria y la educación media básica y superior. A tales efectos, se asegurará la extensión del tiempo pedagógico y la actividad curricular a los alumnos de educación primaria y media básica. Los padres, madres, o responsables legales de niños, niñas y adolescentes, tienen la obligación de inscribirlos en un centro de enseñanza y observar su asistencia y aprendizaje". Y ahora, con la modificación de la LUC, dice: “Es obligatoria la educación inicial a partir de los cuatro años de edad, la educación primaria y la educación media. Los padres, madres, o responsables legales de niños, niñas y adolescentes, así como los educandos mayores de edad, tienen el deber de contribuir al cumplimiento de esta obligación, conforme a lo dispuesto por el inciso primero del artículo 70 de la Constitución de la República y las previsiones de la presente ley”.

Quienes defienden los 135 artículos de la LUC sostienen que no cambia absolutamente nada con esta redacción. Ahora, ¿para qué agregar un artículo que no cambia nada en un paquete de 476 ítems? Según fuentes generalmente bien informadas, se trataría de una apuesta para ver hasta qué número de artículos llegaban.

9) Si la afirmación del punto anterior fuera cierta, y hay artículos sólo para sumar cantidad, podrían haber agregado la prohibición de cualquier fruta en la pizza, las pasas de uva en las empanadas de carne o porquerías similares hasta llegar a 500 (sí, lo sabemos, fue metido con fórceps este punto 9 y bien podría haber sido parte del 8. Es que ustedes no son conscientes de lo que cuesta llegar a 15).

10) No es cierto que Tabárez haya renunciado a su cargo como DT de la selección uruguaya porque no quería que se lo vinculara con “la celeste”. La cercanía en el tiempo entre la designación de ese color para la lista que busca mantener los 135 artículos de la LUC y el despido del entrenador llevó a confusiones varias en (oh, sorpresa) las redes sociales.

11) Cosas que no se pueden hacer dentro del circuito de votación

a. Una colita de cuadril a las brasas.
b. Un huevo frito.
c. Tomates rellenos.
d. Llenar el tanque.

Afuera del circuito tampoco se puede, pero no es el punto.

12) Información a tener en cuenta a la hora de votar:

a. Si vota en blanco es como si votara NO.
b. Si coloca una feta de salame en el sobre es como si votara en blanco porque el presidente de mesa, después de 12 horas, estará muerto de hambre y seguramente se morfe la rodaja de embutido.
c. Si coloca dos listas del NO sumará para el SI, porque cualquiera que haya pasado por el liceo sabe que una doble negación es una afirmación.
d. Si coloca una lista del SI y otra del NO, no está votando por el referéndum sino fijando posición sobre la permanencia de Repetto en Nacional.
e. Si coloca 178 listas de cualquiera de las dos opciones, lo queremos ver metiendo el sobre en la urna.

13) Por más que le digan otra cosa, no es cierto que si uno se muda se puede llevar la chapita de la puerta al nuevo domicilio. La portabilidad numérica es otra cosa.

14) Los artículos 357 y 358 de la LUC brindan excepciones a la obligatoriedad de vivir en las tierras que el Instituto Nacional de Colonización brinda a los colonos. Había un chiste buenísimo sobre este punto, pero la realidad se encargó de hacerlo ineficaz.

15) ¿Vieron el comentario del punto 9 sobre la dificultad de encontrar 15 cosas diferentes sobre un tema? Bueno, acá tienen la confirmación: no llegamos.

Seguiremos informando.


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